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Sextorsión: Espiados online

Es poco común que los usuarios de internet tengan constancia de la gran facilidad que existe para que un extraño acceda a sus datos personales: desde claves de redes sociales, hasta números de cuenta de la entidad bancaria, pasando por fotografías privadas. La denominada sextorsión es un delito cibernético que consiste en el chantaje a una persona con fines sexuales, después de haber conseguido vídeos e imágenes comprometidas de ella. Y es que a menudo, los delincuentes consiguen infectar el ordenador de la víctima mediante un virus con el que pueden acceder a todos sus documentos, y también, activar la cámara web para poder grabar todo lo que la víctima hace en su vida diaria.

Es el caso de Laura Álvarez (nombre ficticio para preservar su identidad) una joven a la que se le estropeó el ordenador, y al ver que no se encendía, decidió llevarlo a un amigo suyo, informático, para que se lo arreglara. Los primeros indicios de que había alguien detrás de ello llegaron al analizar los virus que había en el ordenador. Uno de ellos era un troyano, un programa que permanece oculto, y con el que se puede acceder a otro dispositivo de forma remota. Además, al insertar diferentes códigos para recuperar la información del ordenador (fotos, apuntes, documentos, etc.), se comprobó que todo aquello que se escribía iba desapareciendo: “Era como si al escribir en Word, alguien estuviera borrando, a continuación, cada una de las letras”, afirma Álvarez. Tras realizar algunas pruebas, desconectar Internet e instalar un antivirus, “descubrimos que alguien, a través de la cámara, me estaba espiando y mirando todo lo que hacía”, relata la afectada.

Pero, ¿cómo es el perfil de estos delincuentes? La respuesta, según la psicóloga Victoria Martínez, especialista, entre otros, en acoso y abuso infantil, radica en que los agresores “suelen ser sujetos que tienen importantes carencias afectivas, y en un número elevado de casos, son varones de una edad media de 50 años, con familia y trabajo estables y cuya educación se caracterizó por ser muy represiva”.

Una de las primeras medidas para evitar estos casos puede consistir en regular el consumo de los menores de edad, menos conscientes de estos peligros, para evitar que accedan a sitios de riesgo. Antonio Lite, profesor de Medios Digitales en la Universidad San Jorge, que ha realizado numerosos cursos como docente sobre la configuración parental, afirma que “a los padres hay que enseñarles conocimientos para que sepan cómo proteger el ordenador o cómo configurarlo para controlar la actividad que lleva a cabo su hijo y establecer unos límites”. “Es importante que el ordenador no esté en la habitación del niño, sobre todo cuando tiene entre 13 y 16 años. Que no tenga toda la privacidad del mundo para acceder a Internet, sino que esté en el salón de casa o en un sitio en el que los padres lo puedan tener a la vista, y así, sepan exactamente qué está haciendo su hijo”, añade Lite.

Marco Lozano, técnico de seguridad de la Oficina de Seguridad del Internauta y dependiente del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, explica que ”la navegación conjunta padre e hijo es uno de los mejores sistemas de protección y vigilancia para un menor, aunque existen otro tipo de sistemas que se pueden instalar en el ordenador y que permiten controlar los contenidos que se van a visualizar en él, de forma que un padre pueda filtrar esos contenidos para que no se muestren aquellos que se consideran ofensivos o inadecuados para su hijo”.

Pero, a día de hoy, ¿qué leyes regulan los delitos informáticos? El concepto de delito informático englobaría tanto los delitos tradicionales en los que hay un componente tecnológico, como las estafas o injurias por Internet o los delitos contra la propiedad intelectual. Además, estarían aquellos propiamente informáticos, como el hacking. La sextorsión  “estaría tipificada como un delito de coacciones. Las penas son de prisión de 6 meses a 3 años, en función de la gravedad de los hechos o las formas empleadas. En todo caso, estas conductas pueden ir acompañadas de otros actos, como la grabación o difusión de imágenes íntimas, que se castigarían aparte como delitos contra el honor o la intimidad”, explica Javier Prenafeta, abogado especialista en Delitos Informáticos.

Socialmente está extendida la idea, por desconocimiento, de que Internet solo puede proporcionar ventajas a los usuarios de la red, asegurando que se trata de una ventana al mundo y que, en consecuencia, permite acceder a jugosas oportunidades de muy diverso tipo. No obstante, resulta evidente que esta situación también expone al cibernauta a multitud de riesgos. Por ello, y como dicen los expertos, la sociedad debe ser consciente y aprender a protegerse ante futuros ataques informáticos que afecten, especialmente, a la intimidad, el honor y la propia imagen.

Texto y fotografía: Eduardo Acín, Guillermo Esteban, Silvia Garralaga, María Tobajas y Sara Zarazaga

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